Friday, September 26, 2008

Comunicado en hazte oir

Novedades sobre la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía

Varias Comunidades > Los objetores del Instituto Español de Lisboa plantan cara a las amenazas


Han advertido de ello a la Embajada, mediante una carta remitida al Consejero de Educación y al Embajador, y han creado la Plataforma de Padres para la Libertad de Educación en Portugal.

REDACCIÓN HO.-Como el pasado día 16 de septiembre informó HO, un grupo de familias cuyos hijos estudian en el Instituto Español Giner de los Ríos, de Lisboa (Portugal), rechazan el adoctrinamiento ideológico y moral que encierra el currículo actual del grupo de asignaturas denominado Educación para la Ciudadanía (EpC) y han decidido objetar por razones de conciencia, para impedir que sus hijos cursen esas materias. Así mismo, han constituido la Plataforma de Padres para la Libertad de Educación en Portugal, para actuar de forma coordinada y, a través de ella, vincularse al movimiento objetor en España.

Ayer por la tarde tuvo lugar una reunión del Consejo Escolar del centro, del que Javier Calderón (uno de los objetores) forma parte, como representante de los padres de alumnos.

El propio Calderón ha hecho saber a HO que, durante la sesión, leyó una carta que los objetores con hijos en ese instituto han remitido al Consejero de Educación de la Embajada de España en Lisboa y solicitó que ello constara en acta.

"El director, muy amablemente, explicó que la postura del centro había sido la de reunir a los 4 niños a los que directamente les afecta la objeción este curso", cuenta el portavoz de los padres. "También aseguró que había entregado a los padres objetores un texto con los contenidos mínimos de EpC y que les había dicho que, en caso de que los niños faltaran a esas clases, se les aplicará el régimen de ausencias injustificadas", añade.

"Le pedí al director que lo que acababa de decir constara en acta... y así fue", prosigue narrando Calderón, para quien "el acta del Consejo Escolar es un medio probatorio de gran importancia y en este caso se expresa de forma clara la postura del centro, que vulnera un derecho fundamental y no respeta la objeción de conciencia de las familias de varios de sus alumnos".

Por otra parte, afirma saber que "la respuesta del Ministerio a las objeciones ya está en la Secretaría del centro, lo que supone una prueba más".

Javier Calderón valora mucho "el valor que están demostrando los padres a los que la objeción les afecta este año y también el esfuerzo de sus hijos, unos jóvenes valientes que luchan por un futuro mejor".

Ayer mismo, supo que "una alumna del centro, por su propia iniciativa, les dijo a sus padres que quería objetar, su padre estudió el asunto y presentará la objeción". "¡Esto es como un milagro!", asegura.

"A partir de ahora, y con las pruebas escritas que tenemos, empezaremos a accionar los mecanismos jurídicos que el derecho español reconoce a cualquier persona que sea víctima de la vulneración de alguno de sus derechos fundamentales", advierte el representante de los padres.

A continuación, reproducimos el texto de la carta dirigida al Consejero de Educación de la Embajada y al Embajador de España en Lisboa, que fue leída en el Consejo Escolar del Instituto Español Giner de los Ríos:

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Los padres objetores del Instituto Español de Lisboa - Giner de los Ríos, habiendo manifestado por escrito su objeción a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía, Educación Ético-cívica y Filosofía y Ciudadanía, por razones de conciencia, amparándose en el derecho fundamental a la libertad ideológica reconocido en el Art.16 de la Constitución Española, y porque todavía pasados 15 días de la data de entrada de la primera objeción entregada en la secretaría del mismo, no han tenido una contestación oficial:

- Solicitan formalmente, y conforme al derecho que les asiste, una respuesta por escrito en la cual se vea claramente reflejada la posición del colegio ante la objeción de conciencia frente a las citadas asignaturas, denominadas genéricamente Educación para la Ciudadanía, y en el que se expresen claramente la atención que el centro ha decidido dispensar a los alumnos hijos de objetores, para evitar posteriores errores de interpretación por ambas partes (la Administración tiene obligación de hacerlo expresamente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.1 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de las Administraciones publicas y del procedimiento Administrativo Común).

Queremos un vez más manifestar que los padres representados por la Plataforma de Padres para la Libertad de Educación estamos totalmente abiertos y deseosos de encontrar, conjuntamente con el colegio, soluciones dentro de las cuales nuestros derechos fundamentales y los de nuestros hijos queden preservados, y aceptaríamos que nuestros hijos realizasen alguna actividad sustitutoria de las mencionadas asignaturas, siempre que no se oponga a nuestras convicciones. Debe quedar claro que no aceptaremos ningún tipo de presión ni discriminación que atenten contra nuestros derechos fundamentales.

Reafirmamos que la objeción de conciencia se formula exclusivamente contra los Reales Decretos que regulan estas asignaturas, y no contra el Centro Educativo en el que estudian estos niños, o sus profesores.

Así, remitimos esta carta a D. Javier Calderón (representante de todos los padres en el Consejo Escolar) para que se dé conocimiento y conste en acta de la reunión que ese órgano celebrará en el día de hoy el contenido de la misma, así como al Embajador de la Embajada de España en Lisboa y al Consejero de Educación de la Embajada de España en Lisboa.

Sin otro asunto nos despedimos atentamente,

los padres objetores, con el apoyo de la Plataforma de Padres para la Libertad de Educación (educaenrespetoylibertad@gmail.com).

Lisboa, 25 de septiembre de 2008.

Friday, September 12, 2008

Si has objetado a EpC, lee la guía práctica para padres objetores


El decálogo explica, paso por paso, el modo en que los padres deben presentar la comunicación al centro educativo.

Asimismo, indica a los padres que la presentación del escrito de objeción se puede hacer antes o después del inicio del curso y se insiste, igualmente, en que este escrito no es una solicitud sino una comunicación que el centro educativo tiene la obligación de recibir. Entre otras indicaciones, se advierte a los padres que, una vez presentado el escrito de objeción, el alumno no deberá asistir a clase de Educación para la Ciudadanía aunque sí podrá realizar actividades alternativas siempre que no contradigan las convicciones de los padres.

Finalmente, este documento explica a los padres cómo proceder ante comunicaciones verbales o escritas contrarias al reconocimiento del derecho a la objeción. En cualquiera de los casos, se recomienda que se pongan en contacto con el Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada.

Las asociaciones y plataformas que están distribuyendo este decálogo son: Asociación Familiar de Baleares (AFA Baleares), Fapace, Fundación Educatio Servanda, Asociación de Madres y Padres por la Libertad de Educación (AMPLE), Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (ANDOC), Asociación Mujer Proyecto F y T (Familia y Trabajo), CECE , Centro Jurídico Tomás Moro, Chequeescolar.org , Confederación de Padres y Madres de Alumnos (COFAPA), Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (CONCAPA) ,Educación y Persona, Federación de Asociaciones y Movimientos de Familias Católicas (FAMOFACA), Foro Español de la Familia, Foro de Laicos Asidonia, Fundación Persona, HazteOir.org, Instituto de Política Familiar (IPF), Novillada.org , Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia, Observatorio para la Objeción de Conciencia (OOC), Plataforma Cívica en Defensa y Promoción de la Familia, Plataforma los Padres Eligen, Plataforma por la Calidad de la Enseñanza Pública, Presencia Cristiana Córdoba, Presencia Cristiana Toledo, Profesionales por la Ética, SOS Familia, Unión Democrática de Estudiantes, (UDE), Unión Familiar Española (UFE), Navarra Educa en Libertad, Plataforma Lucentina por la Libertad de Educación y Valdemoro es familia.

DECÁLOGO PARA LOS PADRES OBJETORES FRENTE A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA CON HIJOS EN 3º DE LA ESO A LOS QUE AFECTA LA ASIGNATURA EN EL CURSO 2007- 2008

  1. LIBERTAD DE EDUCACIÓN.- La actuación de los padres se ampara en la libertad ideológica y religiosa (art. 16.1 de la Constitución) y en la libertad de educación. Los poderes públicos están constitucionalmente obligados a garantizar ?el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones? (art. 27. 3 de la Constitución Española).
  2. DERECHO CONSTITUCIONAL A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA.- La objeción de conciencia es, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, un derecho reconocido explícita e implícitamente en la Constitución Española (art. 16.1 sobre la libertad ideológica y religiosa), para cuya aplicación no es necesario un desarrollo legal específico para cada materia o caso. Los padres objetores ejercen un derecho constitucional y por tanto es inadmisible en nuestro Estado de Derecho ningún tipo de sanción, perjuicio o represalia por parte de la Administración.
  3. PRESENTACIÓN DE LA OBJECIÓN.- Para ejercer la objeción de conciencia basta con presentar, en cualquier momento -antes o después del inicio del curso-, un escrito en la Dirección del Colegio comunicando esta opción. Se trata de una comunicación (no de una ?solicitud?) que el centro tiene obligación de recibir. Si hubiera alguna dificultad al respecto, puede enviarse un burofax desde una oficina de Correos o desde el ordenador a través de la página web www.correos.es o bien presentarse el escrito en el registro general de la Subdelegación o Delegación del Gobierno en nuestra provincia.
  4. COPIA SELLADA DEL ESCRITO.- Es fundamental pedir y conservar una copia sellada del mencionado escrito de objeción de conciencia o, en su caso, del correspondiente resguardo del burofax, pues esta copia o resguardo es la prueba de nuestra objeción y la base para cualquier reclamación o recurso posterior.
  5. ASISTENCIA DEL ALUMNO AL CENTRO.- En ningún caso la presentación de la objeción de conciencia justifica la inasistencia del alumno al Colegio, aunque la clase de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos coincida con el principio o el final de la jornada escolar. En horario escolar, el alumno debe estar SIEMPRE en el colegio, salvo que concurran otro tipo de causas ajenas a la asignatura o la objeción de conciencia. En otro caso, podría producirse una falta de absentismo escolar no justificable y por ello no hay que atender las órdenes verbales de que el niño se marche a casa, salvo que expresamente y por escrito se le dispense de su obligación de estar en el centro.
  6. NO ASISTENCIA A LAS CLASES DE EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA.- Desde el momento de la presentación del escrito de objeción de conciencia, el alumno no debe asistir NUNCA a las clases de Educación para la Ciudadanía. Si el centro escolar organiza clases alternativas comunicándoselo así a la Administración, el alumno podrá asistir a estas clases si respetan la elección de los padres.
  7. ACTIVIDADES ALTERNATIVAS A EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA.- La Dirección del Colegio es responsable del menor mientras éste permanezca en el centro, por lo que a aquella corresponde dar la debida atención educativa al alumno durante el tiempo de no asistencia a las clases de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

    Los padres prestarán la máxima colaboración a la Dirección del centro para el buen desarrollo de dicha atención, siempre y cuando no se realice con criterios contrarios a sus convicciones. En ese tiempo el alumno podrá realizar, por ejemplo, estudio en la biblioteca, asistir a clase de otra asignatura normal, realizar trabajos sobre la Constitución u otras materias, realizar deporte, etc.
  8. COMUNICACIONES POR ESCRITO DEL COLEGIO O LA ADMINISTRACIÓN CONTRARIAS AL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA OBJECIÓN.- Ante cualquier comunicación de la Dirección del Colegio o de la Administración que pueda significar un perjuicio presente o futuro para los padres o el alumno (como pueden ser la denegación del derecho a la objeción, el recordatorio del carácter obligatorio de la asignatura o la amenaza de consecuencias negativas, incluidas el suspenso en la asignatura, la no promoción o la no obtención del título correspondiente) los padres iniciarán el trámite de asesoramiento al que se refiere el apartado 10 siguiente.
  9. COMUNICACIONES MERAMENTE VERBALES DEL COLEGIO O LA ADMINISTRACIÓN QUE PUEDAN SER GRAVES.- Aun tratándose de una comunicación meramente verbal del Colegio o la Administración, si por las circunstancias en que aquella se produce o por su gravedad, se plantean dudas sobre sus posibles consecuencias, es conveniente pedir asesoramiento cuanto antes.
  10. ASESORAMIENTO E INICIO Y TRAMITACIÓN DE ACCIONES LEGALES.- El Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor (contacto a través de los teléfonos 914132957, 915325865 y 690780616) presta a los padres asesoramiento y, si así lo desean éstos, se encargará de iniciar y tramitar las acciones legales oportunas -tanto administrativas como judiciales- para la defensa de sus derechos. Este Servicio tiene carácter estrictamente gratuito y está formado por una red de abogados y procuradores que colaboran desinteresadamente con la causa de la libertad de enseñanza y de conciencia. Los plazos para los recursos son muy breves (en el supuesto más normal, 10 días) por lo que el contacto con el servicio de asesoramiento debe ser lo más inmediato posible.

Monday, September 1, 2008

Porqué Educación para la ciudadanía debe ser optativa




CONTENIDO ANTROPOLÓGICO Y ÉTICO DEL CURRÍCULO DE EDUCACIÓN PARA LA
CIUDADANÍA


Cuando decimos que laa? asignatura de Educación para la Ciudadanía es un intento de
adoctrinamiento por parte del Estado no nos estamos inventando nada
. Fuentes del Ministerio de
Educación así lo han reconocido. Y tanto en la Ley Orgánica de Educación como en los Reales
Decretos que la desarrollan se insiste una y otra vez en la necesidad de formar la moral cívica de los
alumnos.
Y esto a pesar de que el artículo 27 de la Constitución proclama la libertad de enseñanza y
reconoce que los padres son los primeros y únicos responsables de la formación religiosa y moral de
sus hijos. Sin embargo, los textos que regulan la asignatura hablan de las “obligaciones del Estado
en la formación de todos los ciudadanos y ciudadanas en valores y virtudes cívicas”. ¿De dónde
salen esas supuestas obligaciones del Estado? ¿Desde cuándo el Estado se tiene que ocupar de la
formación en valores y virtudes? ¿No pertenece eso, más bien, al ámbito de la libertad de enseñanza
de los padres?
El Gobierno interpreta el artículo 27 en el sentido de que la formación religiosa y moral, que
corresponde a los padres elegir, pertenece al ámbito privado. Mientras que en el ámbito público la
primacía y la responsabilidad es del Estado. A través de Educación para la Ciudadanía se quiere
imponer una ética civil obligatoria en la esfera social y que las convicciones morales y religiosas
queden relegadas a la vida íntima y familiar.
Claramente, esto supone una invasión por parte del poder público de un terreno que no le es propio,
como es la educación moral. Y no cabe separación entre moral privada y moral pública. La moral es
una porque la persona es una. Comportarse conforme a unos principios en la vida social y conforme
a otros en la vida familiar es una falta de coherencia, no tiene sentido.
El Gobierno utiliza la excusa del pluralismo para justificar su adoctrinamiento. Considera que en una
sociedad multicultural es necesario encontrar un mínimo común ético que haga posible la
convivencia. Se dice que están en circulación una pluralidad de códigos morales diferentes que
provocan la perplejidad de los padres y la desorientación moral de los hijos. De ahí la necesidad de
extraer el mínimo común ético como obligatorio para todos. Los padres siguen siendo libres para
transmitir su fe y sus creencias, sólo en el ámbito privado, y siempre que no choquen con ese mínimo
común ético, que es obligatorio para todos.
¿Es posible encontrar ese “mínimo común ético”?
Antes de continuar con el análisis de la asignatura, es importante hacer un paréntesis para plantear
una pregunta decisiva: ¿es posible encontrar ese “mínimo común ético”?
Está claro que es muy necesario, pero, ¿es posible? ¿Hay algo que sea común a todos los hombres,
por encima de la diversidad de razas, de culturas, de religiones? Sí lo hay: la naturaleza humana.
Todos participamos de una misma naturaleza, y esa naturaleza es normativa. Es decir, de la
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naturaleza humana brotan una serie de principios, que descubrimos con la razón, y que nos permiten
discernir el bien del mal.
Es la ley natural. Y en virtud de la ley natural podemos decir que es bueno lo que es conforme a la
naturaleza humana y que es malo lo disconforme. Es bueno todo aquello que se adecua a la
naturaleza del hombre, todo aquello que permite que la persona se desarrolle plenamente como
persona. Es malo todo aquello que es contrario al ser del hombre, aquello que le destruye, aquello
que le embrutece.
Hoy día no se reconoce esto porque se ha perdido la noción de “naturaleza”, el concepto metafísico
de “naturaleza”. Y, además, se reduce lo específicamente humano al ámbito de la cultura. Se
considera que la persona es totalmente autónoma, que la cultura no tiene ningún fundamento
objetivo, y que todo se puede alterar, de manera que todo queda a merced del arbitrio y del poder,
del consenso, del deseo.
Ciertamente, no se puede negar que el hombre existe siempre en una cultura concreta, pero tampoco
se puede negar que el hombre no se agota en la cultura. El progreso mismo de las culturas, y su
diversidad, demuestra que en el hombre existe algo que las trasciende: este “algo” es la naturaleza
del hombre. La naturaleza es la medida de la cultura y es la condición para que el hombre no sea
prisionero de ninguna de sus culturas, sino que defienda su dignidad personal viviendo de acuerdo
con la verdad profunda de su ser.
¿Cómo es la ética que se transmite en Educación para la Ciudadanía?
De manera que ese “mínimo común ético” es necesario, es posible y lo encontramos en la ley natural.
El problema es que no es esto lo que les van a enseñar a nuestros hijos. No les van a enseñar a
guiarse por la ética natural. Entonces, ¿qué les van a enseñar? ¿De dónde sale ese mínimo común
ético? ¿Cuáles son sus principios básicos?
Lo que van a enseñar a los niños y niñas de toda España es una ética basada en el laicismo, en el
relativismo, en el positivismo y en la filosofía de género. Vamos a analizar brevemente cada uno de
estos principios.
Una ética laicista
En primer lugar, hay que decir que la asignatura está profundamente impregnada de laicismo. Aquí
hay que hacer una precisión para no confundir laicismo y laicidad.
La “laicidad” es la libertad de religión. En un Estado laico no se impone la religión, sino que se le
deja espacio libre. La laicidad es algo positivo. Los problemas surgen cuando se trata de ir más allá
y se intenta eliminar la religión de la vida social. Esto ya es laicismo. Y el laicismo impide la libertad
religiosa. Ya no es ese elemento de neutralidad que abre espacios de libertad a todos. Es más bien
una ideología que se impone a través de la política y no concede espacio público a las religiones,
sino que las relega al ámbito de lo privado y a la conciencia individual.
Volviendo a la asignatura, dicen sus defensores que es neutral con respecto a las religiones puesto
que no habla de ellas para nada. Pero esa supuesta neutralidad es falsa. Por un lado, porque cierra
por completo la mirada de los alumnos a la trascendencia, y, por otro lado, porque en caso de que
esa mirada religiosa la hayan recibido en su familia, se les dice que pertenece al ámbito privado, y
que sus convicciones no se pueden “notar” en el ámbito público.
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Hay asignaturas que se pueden enseñar sin hacer referencia a Dios. Se puede explicar matemáticas
sin hacer referencia a Dios, pero no se puede pretender, como pretende la asignatura, que los
alumnos formen y desarrollen su propia identidad y conciencia moral prescindiendo absolutamente de
la referencia a la trascendencia. El ser humano necesita plantearse la pregunta sobre Dios para
resolver los principales enigmas de la vida. Esta pregunta tiene que ser planteada, aunque sea para
negarla. En Educación para la Ciudadanía ni siquiera se plantea. No se niega que Dios exista, pero
se le ignora como si no tuviese nada que ver con la vida. Se deja sin respuestas lo más importante.
Todavía peor, se impide que surjan las preguntas. Y esto no es ser neutral.
Las religiones, dicen, deben quedar recluidas al ámbito privado y no pueden ser factores de
construcción de la vida social porque son una fuente de problemas e impiden el progreso y la
libertad. Así lo expresa el Manifiesto del PSOE titulado Constitución, laicidad y educación para la
ciudadanía.
Los partidarios del laicismo radical están convencidos de que sólo eliminando la religión se puede
conseguir un mundo mejor. Lo cual es radicalmente falso, y la historia lo ha demostrado. Aquéllos
regímenes políticos que han pretendido borrar por completo a Dios no han conseguido mejores
personas ni sociedades más justas. Pero es que, además, cuando se suprime la dimensión religiosa
de la existencia se produce un vacío que no puede quedar así, sin nada. Se suprime la religión para
imponer en su lugar una doctrina obligatoria: la doctrina del Estado laicista, que se impone como
doctrina única, forzosa y excluyente. Es el agnosticismo impuesto por la fuerza de la ley, lo cual es
radicalmente contrario a la aconfesionalidad del Estado proclamada en la Constitución, pues se
impone como obligatoria la confesión laicista. Por eso, como señalaba recientemente el Cardenal
Antonio María Rouco compaginar laicismo radical con libertad de enseñanza resulta imposible.
Una ética relativista
En segundo lugar, Educación para la Ciudadanía impone una ética relativista. Los defensores de la
asignatura utilizan aquí el mismo argumento de antes: dicen que es absolutamente neutral, porque no
impone ninguna ideología. Pero es que el relativismo es una ideología que implica una concepción
profunda de la vida y del ser humano.
El relativismo sostiene que todo lo que se refiere a Dios y al sentido de la vida es inaccesible porque
los hombres somos unos seres limitados incapaces de conocer la verdad. Nuestro conocimiento es
parcial e incorrecto. Por eso afirman que todas las opiniones son igualmente aceptables y válidas.
Según dicen, para poder convivir en paz es necesario reconocer que nadie tiene razón. El relativismo
y la tolerancia son presupuestos necesarios de la democracia. En el currículo de la asignatura se
insiste en la tolerancia como si fuera la mayor de las virtudes. Y se identifica tolerancia con
aceptación acrítica de todo. Todo vale. Todo debe ser permitido. Todo es igualmente bueno.
Desde el relativismo se considera que la tolerancia es incompatible con el convencimiento de que
algo es verdadero. El perfecto ciudadano es aquel que no tiene ninguna convicción ética
permanente. Para evitar el enfrentamiento hay que dejar de tener ideas propias. Y es que la
tolerancia relativista no es tanto una actitud intelectual sino vital, pues se trata de aceptar la posición
de los demás no en razón de sus argumentos sino como renuncia a los propios. Esa falsa tolerancia
acaba convirtiendo en bueno y justo lo que no lo es. Tenemos ejemplos más que suficientes para
comprender esto.
Los textos legales que regulan la asignatura no hacen más que repetir que se trata de formar
ciudadanos con sentido crítico, pero para adoptar un punto de vista crítico ante cualquier cosa es
necesario tener unos principios que sirvan de referencia. Sin ellos, no hay crítica que valga. Sin ellos,
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la sociedad está expuesta a cualquier engaño. La manipulación es tanto más fácil cuanto más amorfa
es la sociedad y menos convicciones tiene.
Es falso que el relativismo sea condición necesaria para la democracia. Es justo lo contrario. En una
democracia la verdad tiene que estar en el centro de la vida pública. Si no hay verdad la
democracia se convierte en humo pues se impondrá la posición que más votos obtenga, no la más
justa o la mejor para el bien común.
Una ética positivista
En tercer lugar, Educación para la Ciudadanía impone una ética positivista. No se reconoce la
existencia de ningún criterio objetivo de justicia, por lo que el único criterio ético es lo “legal”: lo que
está permitido por la ley es bueno.
En los textos que regulan la asignatura se dice que el mínimo común ético que se quiere imponer se
fundamenta en los derechos humanos, pero, atención, en “los derechos humanos en su carácter
histórico y cambiante”. Y ¿en función de qué cambian? En función del consenso social.
Dicen que el mínimo común ético se fabrica, no se descubre. Se fabrica con el diálogo y el
consenso. De manera que el uso de la razón y la referencia a las exigencias propias de la
naturaleza humana son desplazados por el culto irracional a la voluntad de la mayoría.
Resulta difícil defender la existencia de los derechos humanos sin que tengan un fundamento objetivo,
pues si no existe un “por qué”, todo queda en manos del consenso, del acuerdo político, de los
intereses de distintos grupos o ideologías. Y si todo depende de los intereses en pugna o de los
deseos de unos cuantos, ¿sigue teniendo sentido hablar de derechos humanos?
Cuando no hay un fundamento objetivo todo es susceptible de cambiar según por dónde soplen los
vientos. Las grandes decisiones morales del hombre se subordinan al voto de la mayoría. Antes todos
tenían derecho a la vida, ahora los niños no nacidos no lo tienen, y dentro de poco tampoco lo
tendrán las personas mayores. Ahora el aborto es considerado una libertad, y en muchos foros ya se
considera un derecho. Antes, no hace mucho, el matrimonio era la unión de un hombre y una mujer.
Ahora es la unión de dos personas. Por ahora. Pronto veremos que matrimonio es cualquier cosa. En
algunos países ya hay voces que reclaman el matrimonio en grupo. Es cuestión de tiempo que lo
pidan aquí también. ¿Por qué no? Una vez que desaparece el criterio de lo justo por naturaleza
como fundamento objetivo, entonces se puede admitir cualquier cosa.
Lo cierto es que los derechos humanos se fundamentan en la ley natural, en la existencia de unos
criterios morales que son anteriores a los acuerdos nacionales o internacionales, y que están por
encima de cualquier diferencia de raza, religión o cultura. Precisamente por eso la ley natural
constituye la única base posible para una auténtica ética común, la única base para la construcción
de una sociedad justa. Sin embargo, cuando no se reconoce un criterio objetivo de justicia los
derechos humanos quedan vacíos de contenido, y la democracia se convierte en tiranía.
La filosofía de género
En Educación para la Ciudadanía subyace una antropología basada en la filosofía de género. Esta
filosofía sostiene que cada uno puede elegir su propia identidad y orientación sexual con
independencia de su sexo biológico.
La filosofía de género parte de una antropología dualista que separa en la persona humana su
dimensión corporal de su dimensión psicológica y espiritual, lo cual lleva a defender que la identidad
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genérica no está determinada por la identidad sexual, sino que depende de la psicología de cada
uno y de la cultura en la que vive. Además, la persona es completamente autónoma y la libertad una
fuerza absoluta: en consecuencia, cada uno puede “construirse” como quiera. Esta concepción de la
persona encaja perfectamente con los elementos éticos de Educación para la Ciudadanía: si no hay
Dios, ni verdad, ni naturaleza de la cual se deriven exigencias ni principio alguno, entonces, que
cada uno haga lo que quiera.
Los defensores de esta filosofía afirman que la humanidad no está dividida en hombres y mujeres,
sino en heterosexuales, bisexuales y homosexuales. Creen que cualquier actitud y orientación sexual
resultan justificables, y es la sociedad la que debería cambiar para incluir, junto con el masculino y el
femenino, otros géneros en el modo de configurar la vida social.
La filosofía de género se ha ido implantando en España en los últimos años de una manera
rapidísima. Se ha incorporado a la legislación en todos los ámbitos – civil, penal, mercantil… – de
una manera u otra. El último ejemplo es la Ley aprobada el pasado mes de marzo en virtud de la
cual se puede cambiar “la inscripción relativa al sexo de una persona en el Registro Civil, cuando
dicha inscripción no se corresponde con su verdadera identidad de género”.
En la asignatura Educación para la Ciudadanía esta filosofía está presente en todas las etapas y de
una manera obsesiva. Por una parte, se rechaza cualquier diferenciación entre varón y mujer,
llegando a identificar desigualdad con discriminación. Por otra parte, se insiste machaconamente en
la posibilidad de elegir la propia identidad de género y orientación sexuales. También aparece de
manera reiterada el concepto de homofobia, entendiendo por tal la no admisión como normal y
buena de cualquier orientación sexual. En este sentido conviene recordar que el pasado 21 de junio
se aprobó en la Comisión de Educación y Ciencia del Congreso una proposición no de ley para
establecer en la escuela medidas contra la homofobia y a favor del reconocimiento de la diversidad
afectivo-sexual, así como la aceptación de las diferencias, que permita superar los comportamientos
“sexistas”.
Últimamente se habla mucho del “derecho a la libre determinación sexual”, como si la libertad fuera
una fuerza omnipotente. Pero, nos guste o no, la libertad tiene unos límites, y no puede ir más allá
de la propia naturaleza.
No es difícil imaginar las consecuencias terribles que puede producir la enseñanza de una
antropología basada en la filosofía de género en los niños y adolescentes. La confusión que se les
puede provocar en torno a su propia identidad sexual es tan grave que puede conducirles a la
patología y a una vida desgraciada.
Estamos ante un caso claro de intervencionismo estatal
Después de todo lo dicho creo que está claro que estamos ante un caso de intromisión del Estado en
la libertad de enseñanza, pues se pretende imponer una concepción moral y del ser humano como
obligatoria. Y no sólo es un ataque a la libertad de enseñanza. La cosa parece todavía más grave.
Porque si se elimina cualquier criterio objetivo de justicia, el Estado acaba erigiéndose en la fuente
última del Derecho y de la moral, y la sociedad civil corre el peligro de desaparecer.
En el fondo eso es lo que se busca en todas las ideologías totalitarias: la progresiva abolición de los
cuerpos intermedios, porque es más fácil controlar a los individuos aislados y solos ante el Estado
omnipotente. De ahí la obsesión por privar de influencia social a la Iglesia Católica, que es una voz
independiente y que puede resultar crítica e incómoda. Y de ahí, también, el ataque a la familia.
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La asignatura Educación para la Ciudadanía no concede espacio ni autoridad a los padres. Es cierto
que se les permite elegir el tipo de formación religiosa y moral que desean para sus hijos, pero ¿qué
validez tiene esa elección si luego el Estado les impone otra moral y otra concepción del hombre y
del mundo? Así lo han declarado recientemente los Obispos: “Si el sistema educativo obligara a
recibir otra formación de la conciencia moral, violentaría la voluntad de los padres y declararía
implícitamente que la opción hecha por ellos en el ejercicio de sus derechos no es considerada
válida por el Estado”.
En los Reales Decretos que desarrollan la LOE no se menciona para nada la autoridad de los padres
ni la importancia de la familia en la formación de los niños. Esto resulta tan patente y escandaloso
que el Consejo de Estado ha advertido al Gobierno que debería incluirse en el currículo de la
asignatura el respeto a padres y profesores y la aptitud para aprender y escuchar su consejo y
orientación. La familia estorba en todo este proceso de adoctrinamiento. Por eso hay que atacarla, o
debilitarla. Y una de las formas de debilitarla consiste en minimizar la autoridad y la influencia de los
padres.
Conclusión
En definitiva, la asignatura, tal y como está planteada, es inaceptable. En el fondo no es nada
nuevo, ya se veía venir. En los últimos años estamos asistiendo al avance de una cultura nihilista que
empobrece el sentido de la existencia humana y relativiza en el campo ético hasta los valores
fundamentales. Y todo esto no se realiza de una manera abierta, sino bajo la sutil metodología de la
indiferencia, del relativismo, del “buenismo” que hace pasar por normales todos los comportamientos,
de modo que no se suscite ningún problema moral. Es toda una ingeniería social.

sociedad libre y auténticamente humana tenemos que hacer algo. Seamos buenos “ciudadanos” y
luchemos por lo que es justo.